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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2165
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2165

Artículo 2165 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el trato fue gratuito (sin que una persona pague nada a cambio), se puede anular aunque ambas partes hayan actuado de buena fe, es decir, sin mala intención ni engaño. La ley pone más cuidado en este tipo de acuerdos, porque al no haber dinero de por medio, se protege a quien recibe el beneficio. Basta con que el acto sea nulo para que se cancele, sin importar que todos hayan sido honestos.

Texto oficial

Artículo 2165.- Si el acto fuere gratuito, tendrá lugar la nulidad aun cuando haya habido buena fe por parte de ambos contratantes.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 208) ↗

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