- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2188
Artículo 2188 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Pa que puedas usar la compensación, las dos deudas tienen que estar claras, o sea, saber exactamente cuánto se debe, y además ya se pueda cobrar. Si una deuda no está clara o aún no es cobrable, solo se puede compensar si tú y la otra persona están de acuerdo por escrito. En corto, no puedes echar mano de la compensación si no sabes bien lo que te deben o si aún no toca pagar.
Texto oficial
Artículo 2188.- Para que haya lugar a la compensación se requiere que las deudas sean igualmente líquidas y exigibles. Las que no lo fueren, sólo podrán compensarse por consentimiento expreso de los interesados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.