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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2215
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2215

Artículo 2215 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La novación es cuando cambias una deuda vieja por una nueva, ya sea cambiando lo que debes, a quién le debes o cómo pagarás. Este artículo dice que la novación no se da por hecho solo porque las cosas cambien un poco; tiene que estar escrito claramente que están haciendo ese cambio. O sea, si no lo dicen explícitamente, la deuda original sigue siendo la misma y no se reemplaza por otra.

Texto oficial

Artículo 2215.- La novación nunca se presume, debe constar expresamente.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 212) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.