- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2223
Artículo 2223 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tú y otras personas deben juntos una deuda, y el acreedor (a quien le deben) llega a un nuevo acuerdo solo contigo para cambiar las condiciones, ese acuerdo libera a los demás deudores. Es decir, los otros ya no tienen que pagar, pero solo si el nuevo trato no viola lo que dice el artículo 1999. En pocas palabras, si cambias el trato con el que te prestó, los demás codeudores quedan libres de la deuda original.
Texto oficial
Artículo 2223.- Por la novación hecha entre el acreedor y alguno de los deudores solidarios, quedan exonerados todos los demás codeudores, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1999. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 213 de 370 TITULO SEXTO De la Inexistencia y de la Nulidad
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.