- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2249
Artículo 2249 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando tú y otra persona se ponen de acuerdo en qué cosa se vende y por cuánto dinero, la venta ya es válida y ambas partes tienen que cumplir. No importa que todavía no te hayan entregado lo que compraste, ni que no hayas pagado el precio acordado. Desde el momento en que hay trato hecho, el trato es obligatorio para los dos.
Texto oficial
Artículo 2249.- Por regla general, la venta es perfecta y obligatoria para las partes cuando se han convenido sobre la cosa y su precio, aunque la primera no haya sido entregada ni el segundo satisfecho.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.