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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2250
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2250

Artículo 2250 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando compras algo y acuerdas pagar una parte en dinero y otra parte con otro producto (por ejemplo, dar tu celular usado más algo de efectivo), entonces se considera una venta si el dinero que pagas es igual o mayor que el valor de lo otro que das. En cambio, si lo que pagas en efectivo es menos que el valor del producto que entregas, entonces el negocio se considera un intercambio o "permuta", no una venta. Esto afecta los derechos y obligaciones que tienes según el tipo de contrato. En corto, la ley dice: si pagas más con dinero, es venta; si pagas más con cosas, es trueque.

Texto oficial

Artículo 2250.- Si el precio de la cosa vendida se ha de pagar parte en dinero y parte con el valor de otra cosa, el contrato será de venta cuando la parte de numerario sea igual o mayor que la que se pague con el valor de otra cosa. Si la parte en numerario fuere inferior, el contrato será permuta.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 215) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.