- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2269
Artículo 2269 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que solo puedes vender algo si realmente te pertenece. No puedes vender la bicicleta de tu vecino aunque la tengas en tu casa, porque no es tuya. Si vendes algo que no es de tu propiedad, estás haciendo algo ilegal, aunque no lo supieras. En pocas palabras, para vender necesitas ser el dueño legal de lo que vendes.
Texto oficial
Artículo 2269.- Ninguno puede vender sino lo que es de su propiedad. Fe de erratas al artículo DOF 21-12-1928
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.