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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2271

Artículo 2271 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el vendedor recupera la propiedad de lo que te vendió, antes de que pierdas ese bien por orden de un juez (evicción), entonces el contrato de compra-venta se vuelve válido otra vez. Esto significa que si el vendedor consigue legalmente la cosa que ya te había vendido, el trato original se reactiva y te quedas con ella. No importa cómo la recupere, siempre que sea por un medio legal.

Texto oficial

Artículo 2271.- El contrato quedará revalidado, si antes de que tenga lugar la evicción, adquiere el vendedor, por cualquier título legítimo, la propiedad de la cosa vendida.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 216) ↗

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