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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2282
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2282

Artículo 2282 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un vendedor no cumple con las reglas de este capítulo sobre sus obligaciones, la compra se considera inválida, como si nunca hubiera pasado. Esto aplica aunque la compra se haga directamente o usando a otra persona para disimularla ("por interpósita persona", es decir, a través de un intermediario). En pocas palabras, cualquier venta que viole lo que dice la ley aquí no tiene validez legal.

Texto oficial

Artículo 2282.- Las compras hechas en contravención a lo dispuesto en este Capítulo, serán nulas, ya se hayan hecho directamente o por interpósita persona. CAPITULO IV De las Obligaciones del Vendedor

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 217) ↗

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