- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2282
Artículo 2282 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un vendedor no cumple con las reglas de este capítulo sobre sus obligaciones, la compra se considera inválida, como si nunca hubiera pasado. Esto aplica aunque la compra se haga directamente o usando a otra persona para disimularla ("por interpósita persona", es decir, a través de un intermediario). En pocas palabras, cualquier venta que viole lo que dice la ley aquí no tiene validez legal.
Texto oficial
Artículo 2282.- Las compras hechas en contravención a lo dispuesto en este Capítulo, serán nulas, ya se hayan hecho directamente o por interpósita persona. CAPITULO IV De las Obligaciones del Vendedor
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.