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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2295
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2295

Artículo 2295 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no está claro quién debe entregar primero lo prometido en un contrato, los dos deben dejar lo que van a dar (como dinero o un objeto) en manos de una persona de confianza que no sea ninguno de ellos. Ese tercero guarda ambas cosas hasta que se aclare quién tiene que entregar primero. Así se evita que uno se aproveche o que quede en desventaja. Es como poner las cosas en un "apartado" mientras resuelven sus dudas.

Texto oficial

Artículo 2295.- Si ocurre duda sobre cuál de los contratantes deberá hacer primero la entrega, uno y otro harán el depósito en manos de un tercero.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 218) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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