- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2329
Artículo 2329 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te cambiaron algo y luego te quitan esa cosa porque no era de quien te la dio (eso es la evicción), tienes derecho a reclamar. Puedes pedir que te devuelvan lo que tú diste a cambio, siempre y cuando la otra persona todavía lo tenga. Si ya no lo tiene, puedes exigir que te paguen el valor de lo que te quitaron o el valor de lo que tú entregaste, más una compensación por los daños que sufriste.
Texto oficial
Artículo 2329.- El permutante que sufra evicción de la cosa que recibió en cambio, podrá reivindicar la que dio, si se halla aún en poder del otro permutante, o exigir su valor o el valor de la cosa que se le hubiere dado a cambio, con el pago de daños y perjuicios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.