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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2329
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2329

Artículo 2329 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te cambiaron algo y luego te quitan esa cosa porque no era de quien te la dio (eso es la evicción), tienes derecho a reclamar. Puedes pedir que te devuelvan lo que tú diste a cambio, siempre y cuando la otra persona todavía lo tenga. Si ya no lo tiene, puedes exigir que te paguen el valor de lo que te quitaron o el valor de lo que tú entregaste, más una compensación por los daños que sufriste.

Texto oficial

Artículo 2329.- El permutante que sufra evicción de la cosa que recibió en cambio, podrá reivindicar la que dio, si se halla aún en poder del otro permutante, o exigir su valor o el valor de la cosa que se le hubiere dado a cambio, con el pago de daños y perjuicios.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 223) ↗

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