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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2397

Artículo 2397 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 2397 dice que en un préstamo o crédito, no puedes acordar con la otra persona que los intereses que aún no se pagan se sumen al dinero principal para generar más intereses, porque ese acuerdo no vale y se considera nulo. Esto significa que no está permitido hacer que los intereses se conviertan en parte de la deuda original y, por lo tanto, cobrar intereses sobre esos mismos intereses. La ley lo prohíbe para evitar que la deuda crezca de manera descontrolada. Si intentas hacerlo antes de tiempo, ese trato no tiene validez legal.

Texto oficial

Artículo 2397.- Las partes no pueden, bajo pena de nulidad, convenir de antemano que los intereses se capitalicen y que produzcan intereses. TITULO SEXTO Del Arrendamiento CAPITULO I Disposiciones Generales

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 228) ↗

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