- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2406
Artículo 2406 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El contrato de renta o arrendamiento tiene que hacerse por escrito, no basta con un trato de palabra. Si no se hace así, la culpa es del dueño o arrendador, no del inquilino. Esto significa que el dueño es el responsable si no hay un documento firmado. Es como una protección para ti como inquilino, para que no te dejen sin contrato.
Texto oficial
Artículo 2406.- El contrato de arrendamiento debe otorgarse por escrito. La falta de esta formalidad se imputará al arrendador. Artículo reformado DOF 21-07-1993
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.