- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2435
Artículo 2435 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si rentas una casa o local y hay un incendio, tú eres el responsable como inquilino, a menos que el fuego haya sido causado por algo que no podías controlar, como un temblor, un rayo o una falla en la construcción que no fue tu culpa. En esos casos especiales, no te echan la culpa.
Texto oficial
Artículo 2435.- El arrendatario es responsable del incendio, a no ser que provenga de caso fortuito, fuerza mayor o vicio de construcción.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.