- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2444
Artículo 2444 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El inquilino tiene que arreglar los daños chiquitos que normalmente se hacen en la casa por vivir ahí, como un vidrio roto o una manija suelta. Son esos desperfectos que pasan por el uso diario, no los grandes como una pared cuarteada. Si algo se descompone por el simple hecho de habitar, tú como inquilino lo pagas. Pero si el daño es grave o estructural, eso ya le toca al dueño.
Texto oficial
Artículo 2444.- El arrendatario debe hacer las reparaciones de aquellos deterioros de poca importancia, que regularmente son causados por las personas que habitan el edificio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.