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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2444
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2444

Artículo 2444 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El inquilino tiene que arreglar los daños chiquitos que normalmente se hacen en la casa por vivir ahí, como un vidrio roto o una manija suelta. Son esos desperfectos que pasan por el uso diario, no los grandes como una pared cuarteada. Si algo se descompone por el simple hecho de habitar, tú como inquilino lo pagas. Pero si el daño es grave o estructural, eso ya le toca al dueño.

Texto oficial

Artículo 2444.- El arrendatario debe hacer las reparaciones de aquellos deterioros de poca importancia, que regularmente son causados por las personas que habitan el edificio.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 232) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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