Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2466
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2466

Artículo 2466 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si rentas muebles por separado de un edificio o casa, ese contrato de renta se maneja con las mismas reglas que están en esta sección de la ley. O sea, aplican las mismas condiciones que para cualquier otra renta de bienes muebles, como muebles, electrodomésticos o equipos. No importa que los rentes solos, sin amarrarlos a un inmueble.

Texto oficial

Artículo 2466.- Cuando los muebles se alquilaren con separación del edificio, su alquiler se regirá por lo dispuesto en este Capítulo.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 236) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.