Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2492
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2492

Artículo 2492 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres el inquilino y quieres rentar el lugar a otra persona (subarriendo), pero el dueño se niega sin una razón válida, tú puedes pedir terminar el contrato de arrendamiento. Esto solo aplica si tú tenías el derecho de hacer el subarriendo, según lo que dice tu acuerdo con el dueño. Si el dueño se opone sin causa justa, la ley te permite salirte del contrato. En pocas palabras, si te impiden sin razón hacer un subarriendo, tienes derecho a cancelar la renta.

Texto oficial

Artículo 2492.- Si el arrendador, sin motivo fundado, se opone al subarriendo que con derecho pretenda hacer el arrendatario, podrá éste pedir la rescisión del contrato.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 239) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.