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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2503
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2503

Artículo 2503 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la cosa que te prestaron se echa a perder tanto que ya no sirve para lo que normalmente se usa, el dueño (comodante) puede pedirte que le pagues lo que valía antes de que se dañara. Pero si te paga, el dueño deja de ser dueño y tú te quedas con la cosa ya toda descompuesta.

Texto oficial

Artículo 2503.- Si el deterioro es tal que la cosa no sea susceptible de emplearse en su uso ordinario, podrá el comodante exigir el valor anterior de ella, abandonando su propiedad al comodatario.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 240) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.