- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2503
Artículo 2503 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la cosa que te prestaron se echa a perder tanto que ya no sirve para lo que normalmente se usa, el dueño (comodante) puede pedirte que le pagues lo que valía antes de que se dañara. Pero si te paga, el dueño deja de ser dueño y tú te quedas con la cosa ya toda descompuesta.
Texto oficial
Artículo 2503.- Si el deterioro es tal que la cosa no sea susceptible de emplearse en su uso ordinario, podrá el comodante exigir el valor anterior de ella, abandonando su propiedad al comodatario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.