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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2504
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2504

Artículo 2504 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú recibes algo prestado para usarlo (como un coche o una herramienta) y lo usas para otra cosa o por más tiempo del que acordaste con el dueño, entonces eres responsable si se pierde o destruye, incluso si fue por un accidente o algo que no podías controlar, como un temblor. O sea, si te pasas de listo con el préstamo, te toca pagar el daño pase lo que pase.

Texto oficial

Artículo 2504.- El comodatario responde de la pérdida de la cosa si la emplea en uso diverso o por más tiempo del convenido, aun cuando aquélla sobrevenga por caso fortuito.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 240) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.