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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2515
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2515

Artículo 2515 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El comodato es cuando alguien te presta algo para que lo uses y después lo regreses; no te lo regala, solo te lo presta. Este artículo dice que, si tú eres el que recibió el préstamo (el comodatario), el préstamo se acaba automáticamente cuando tú mueres. O sea, tus familiares o quienes hereden tus cosas no pueden seguir usando lo que te prestaron, porque el trato termina con tu fallecimiento.

Texto oficial

Artículo 2515.- El comodato termina por la muerte del comodatario. TITULO OCTAVO Del Depósito y del Secuestro Fe de erratas a la denominación del Título DOF 21-12-1928 CAPITULO I Del Depósito

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 241) ↗

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