- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2514
Artículo 2514 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si prestas algo a alguien (como una herramienta o un aparato) y sabes que está descompuesto o tiene fallas que podrían causarle un daño a la persona que lo va a usar, tú eres el responsable de ese daño si no le advertiste a tiempo. O sea, si conoces el problema y no se lo dices, y por eso se lastima o pierde dinero, te toca pagar los perjuicios.
Texto oficial
Artículo 2514.- Cuando la cosa prestada tiene defectos tales que causen perjuicios al que se sirva de ella, el comodante es responsable de éstos, si conocía los defectos y no dió aviso oportuno al comodatario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.