- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2526
Artículo 2526 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si varias personas dejan algo guardado con alguien más, el que lo guarda debe devolverle a cada quien su parte, pero solo si desde el principio acordaron cuánto le toca a cada uno. En otras palabras, si al hacer el depósito ya se dijo qué parte le pertenece a cada persona, entonces al terminar el trato se entrega exactamente eso.
Texto oficial
Artículo 2526.- El depositario entregará a cada depositante una parte de la cosa, si al constituirse el depósito se señaló la que a cada uno correspondía.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.