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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2531
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2531

Artículo 2531 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no acordaron un plazo específico, quien cuida tu cosa (el depositario) puede devolvértela en cualquier momento. Pero antes debe avisarte con tiempo suficiente, sobre todo si necesita preparar algo para dejar de guardarla. Es como cuando le pides a un amigo que te cuide una caja: si no le dijiste hasta cuándo, él puede decirte "ya véntela", pero con días de anticipación para que puedas recogerla.

Texto oficial

Artículo 2531.- Cuando no se ha estipulado tiempo, el depositario puede devolver el depósito al depositante cuando quiera, siempre que le avise con una prudente anticipación, si se necesita preparar algo para la guarda de la cosa.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 242) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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