- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2531
Artículo 2531 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no acordaron un plazo específico, quien cuida tu cosa (el depositario) puede devolvértela en cualquier momento. Pero antes debe avisarte con tiempo suficiente, sobre todo si necesita preparar algo para dejar de guardarla. Es como cuando le pides a un amigo que te cuide una caja: si no le dijiste hasta cuándo, él puede decirte "ya véntela", pero con días de anticipación para que puedas recogerla.
Texto oficial
Artículo 2531.- Cuando no se ha estipulado tiempo, el depositario puede devolver el depósito al depositante cuando quiera, siempre que le avise con una prudente anticipación, si se necesita preparar algo para la guarda de la cosa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.