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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2536
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2536

Artículo 2536 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los dueños de hoteles, posadas o lugares donde la gente se queda a dormir solo son responsables si les pierdes o les roban dinero, joyas o cosas muy caras si tú mismo se las entregas guardadas a ellos o a un empleado que tenga permiso para recibirlas. Si no se las das directamente, ellos no tienen por qué pagarte si algo se te pierde. O sea, no pueden hacerse responsables de tus objetos de valor si los dejas en tu cuarto sin avisarles. Para estar protegido, mejor entrega tus pertenencias costosas en la recepción y pide un comprobante.

Texto oficial

Artículo 2536.- Para que los dueños de establecimientos donde se reciben huéspedes sean responsables del dinero, valores u objetos de precio notoriamente elevado que introduzcan en esos establecimientos las personas que allí se alojen, es necesario que sean entregados en depósito a ellos o a sus empleados debidamente autorizados.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 242) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.