- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2543
Artículo 2543 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 2543 dice que, salvo algunas reglas especiales que ya se señalaron, el "secuestro convencional" (que es cuando dos personas acuerdan dejar algo en guarda de un tercero) se maneja igual que un depósito normal. O sea, aplican las mismas leyes que para cuando le encargas algo a alguien para que lo cuide, como si le dejaras tus cosas a un amigo de confianza. Las excepciones son casos específicos que ya se mencionaron antes en la ley. En pocas palabras, si no hay una regla distinta, el secuestro se trata como un depósito común y corriente.
Texto oficial
Artículo 2543.- Fuera de las excepciones acabadas de mencionar, rigen para el secuestro convencional las mismas disposiciones que para el depósito.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.