- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2548
Artículo 2548 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un mandato es un acuerdo donde le pides a alguien que haga algo por ti, como un favor con consecuencias legales. Puedes encargarle a esa persona casi cualquier cosa que sea legal y que no tenga que hacer tú por obligación. Por ejemplo, no puedes pedirle a alguien que firme por ti en un trámite que requiera tu presencia, como casarte por el civil. En pocas palabras, lo que no esté prohibido ni necesite que tú estés ahí, se lo puedes delegar a otro.
Texto oficial
Artículo 2548.- Pueden ser objeto del mandato todos los actos lícitos para los que la ley no exige la intervención personal del interesado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.