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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2569
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2569

Artículo 2569 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El mandatario (la persona a la que le diste permiso para actuar por ti) tiene que rendirte cuentas claras y precisas de todo lo que hizo con tus asuntos. Esto debe hacerlo según lo que hayan acordado en el contrato; si no acordaron nada, tienes derecho a pedirle las cuentas cuando tú quieras. Al final del encargo, sin importar nada, está obligado a explicarte todo lo que hizo y cómo usó tu dinero o tus cosas.

Texto oficial

Artículo 2569.- El mandatario está obligado a dar al mandante cuentas exactas de su administración, conforme al convenio, si lo hubiere; no habiéndolo, cuando el mandante lo pida, y en todo caso al fin del contrato.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 246) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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