Artículo 261 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el matrimonio se declara nulo, hay que repartir los bienes que la pareja juntó. Si los dos actuaron de buena fe (creyendo que el matrimonio era válido), los frutos o ganancias se dividen como hayan acordado antes de casarse. Si solo uno fue de buena fe, ese se queda con todo lo que se ganó. Si los dos actuaron de mala fe, lo ganado va para los hijos.
Texto oficial
Artículo 261.- Declarada la nulidad del matrimonio se procederá a la división de los bienes comunes. Los productos repartibles, si los dos cónyuges hubieren procedido de buena fe, se dividirán entre ellos en la forma convenida en las capitulaciones matrimoniales; si sólo hubiere habido buena fe por parte de uno de los cónyuges, a éste se aplicarán íntegramente esos productos. Si ha habido mala fe de parte de ambos cónyuges, los productos se aplicarán a favor de los hijos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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