- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2675
Artículo 2675 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La asamblea general, que es la reunión de todos los miembros de una asociación, se junta en la fecha que marcan las reglas internas (estatutos) o cuando la dirección la convoca. La dirección tiene que llamar a una asamblea si al menos el 5% de los miembros se lo pide. Si la dirección no lo hace, entonces esos miembros pueden pedirle a un juez civil que convoque la asamblea en su lugar. En pocas palabras, si el 5% de los socios quiere una reunión, la directiva debe organizarla, y si no, el juez puede ordenarla.
Texto oficial
Artículo 2675.- La asamblea general se reunirá en la época fijada en los estatutos o cuando sea convocada por la dirección. Esta deberá citar a asamblea cuando para ello fuere requerida por lo menos por el cinco por ciento de los asociados, o si no lo hiciere, en su lugar lo hará el juez de lo civil a petición de dichos asociados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.