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Artículo 268 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando uno de los dos esposos pide el divorcio o anular el matrimonio, pero después resulta que no tenía una razón válida o se echa para atrás sin que el otro esté de acuerdo, entonces el otro esposo tiene derecho a pedir el divorcio. Pero no puede hacerlo de inmediato, tiene que esperar tres meses después de que se haya notificado la última decisión del juez o el auto que aceptó que se retirara la demanda. Durante esos tres meses, los esposos no están obligados a vivir juntos.

Texto oficial

Artículo 268.- Cuando un cónyuge haya pedido el divorcio o la nulidad del matrimonio por causa que no haya justificado o se hubiere desistido de la demanda o de la acción sin la conformidad del demandado, éste tiene a su vez el derecho de pedir el divorcio, pero no podrá hacerlo sino pasados tres meses de la notificación de la última sentencia o del auto que recayó al desistimiento. Durante estos tres meses los cónyuges no están obligados a vivir juntos. Artículo reformado DOF 27-12-1983

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 33) ↗

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