- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2689
Artículo 2689 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada socio debe dar algo a la sociedad, puede ser dinero, bienes como un carro o una casa, o su trabajo personal (a eso se le llama "industria"). Si entregas un bien, normalmente le pasas la propiedad a la sociedad, a menos que acuerden otra cosa por escrito. Es decir, lo que aportes ya no es tuyo, es del grupo, salvo que digan lo contrario.
Texto oficial
Artículo 2689.- La aportación de los socios puede consistir en una cantidad de dinero u otros bienes, o en su industria. La aportación de bienes implica la transmisión de su dominio a la sociedad, salvo que expresamente se pacte otra cosa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.