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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2690
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2690

Artículo 2690 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Haz un contrato por escrito para formar una sociedad. Si uno de los socios va a aportar cosas como una casa o un terreno, entonces necesitas ir con un notario y hacer una escritura pública, porque así lo exige la ley para esos bienes.

Texto oficial

Artículo 2690.- El contrato de sociedad debe constar por escrito; pero se hará constar en escritura pública, cuando algún socio transfiera a la sociedad bienes cuya enajenación deba hacerse en escritura pública.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 257) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.