- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2693
Artículo 2693 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que para crear una sociedad (como un negocio entre dos o más personas) se necesita un contrato que tenga cuatro datos obligatorios. Primero, los nombres completos de todos los que firman y que tengan capacidad legal (es decir, que sean mayores de edad y estén en sus cabales). Segundo, el nombre oficial del negocio, que se llama "razón social". Tercero, explicar claramente a qué se va a dedicar la sociedad (por ejemplo, vender ropa o dar servicios de plomería). Cuarto, cuánto dinero o bienes va a poner cada socio, y cuánto es el total del dinero de la sociedad (el "capital social"). Si falta cualquiera de estos datos, el contrato no sirve y se tendrá que arreglar según lo que dice otra regla (el Artículo 2691).
Texto oficial
Artículo 2693.- El contrato de sociedad debe contener: I. Los nombres y apellidos de los otorgantes que son capaces de obligarse; II. La razón social; III. El objeto de la sociedad; CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 258 de 370 IV. El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir; Si falta alguno de estos requisitos se aplicará lo que dispone el Artículo 2691.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.