- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2694
Artículo 2694 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando tú y otras personas forman una sociedad civil para hacer un negocio o proyecto juntos, ese contrato debe registrarse en el Registro de Sociedades Civiles. Si no lo inscribes, el acuerdo solo vale entre ustedes, pero no podrás usarlo frente a otras personas ajenas al contrato, como bancos, proveedores o el gobierno. En palabras más claras: si no registras la sociedad, legalmente no existe para los demás. Por eso, para evitar problemas, siempre es mejor dar de alta el contrato en ese registro.
Texto oficial
Artículo 2694.- El contrato de sociedad debe inscribirse en el Registro de Sociedades Civiles para que produzca efectos contra tercero.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.