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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2694
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2694

Artículo 2694 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando tú y otras personas forman una sociedad civil para hacer un negocio o proyecto juntos, ese contrato debe registrarse en el Registro de Sociedades Civiles. Si no lo inscribes, el acuerdo solo vale entre ustedes, pero no podrás usarlo frente a otras personas ajenas al contrato, como bancos, proveedores o el gobierno. En palabras más claras: si no registras la sociedad, legalmente no existe para los demás. Por eso, para evitar problemas, siempre es mejor dar de alta el contrato en ese registro.

Texto oficial

Artículo 2694.- El contrato de sociedad debe inscribirse en el Registro de Sociedades Civiles para que produzca efectos contra tercero.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 258) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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