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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2696
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2696

Artículo 2696 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un contrato de sociedad dice que todas las ganancias son solo para unos socios y todas las pérdidas para otros, ese contrato no vale para nada. La ley lo declara nulo, es decir, como si nunca hubiera existido. Esto es porque sería injusto que unos siempre ganen y otros siempre pierdan. En una sociedad, los beneficios y las pérdidas deben repartirse de manera más equilibrada entre todos. Así que ningún acuerdo así es válido.

Texto oficial

Artículo 2696.- Será nula la sociedad en que se estipule que los provechos pertenezcan exclusivamente a alguno o algunos de los socios y todas las pérdidas a otro u otros.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 258) ↗

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