- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2697
Artículo 2697 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
No puedes acordar que a los socios que solo pusieron dinero se les devuelva su inversión con un extra fijo, sin importar si el negocio ganó o perdió. Esto evitaría que se disfrace un préstamo como una inversión. La ley protege que las ganancias se repartan solo si hubo utilidades reales, y no que unos socios tengan garantizada una ganancia sin riesgo.
Texto oficial
Artículo 2697.- No puede estipularse que a los socios capitalistas se les restituya su aporte con una cantidad adicional, haya o no ganancias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.