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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2775
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2775

Artículo 2775 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Sí, la renta vitalicia se puede crear sin que nadie pague nada a cambio, solo como un regalo. Puede ser mediante una donación en vida o dejándola en tu testamento. En estos casos, alguien te da derecho a recibir pagos periódicos de por vida sin que tú tengas que dar algo a cambio. Es decir, funciona como un obsequio, pero con la promesa de pagarte mientras vivas.

Texto oficial

Artículo 2775.- La renta vitalicia puede también constituirse a título puramente gratuito, sea por donación o por testamento.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 265) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.