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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2796
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2796

Artículo 2796 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La fianza no solo se puede dar para ayudar al deudor principal (quien debe la deuda), sino también para apoyar al fiador (quien ya está garantizando la deuda de otro). Esto aplica aunque el deudor o el fiador estén de acuerdo, no sepan nada, o incluso estén en contra de que les ofrezcan esa garantía. En pocas palabras, tú puedes ofrecer una fianza por alguien sin que esa persona lo pida o lo acepte.

Texto oficial

Artículo 2796.- La fianza puede constituirse no sólo en favor del deudor principal, sino en el del fiador, ya sea que uno u otro, en su respectivo caso, consienta en la garantía, ya sea que la ignore, ya sea que la contradiga.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 267) ↗

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