- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2797
Artículo 2797 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
No puede haber una fianza si la deuda que la respalda no es legalmente válida. Pero hay una excepción: sí puedes pedir una fianza aunque la deuda tenga un defecto que solo el deudor puede usar para anularla. Por ejemplo, si el deudor firmó por error, pero solo él puede reclamar ese error, la fianza sigue siendo válida para el fiador.
Texto oficial
Artículo 2797.- La fianza no puede existir sin una obligación válida. Puede, no obstante, recaer sobre una obligación cuya nulidad pueda ser reclamada a virtud de una excepción puramente personal del obligado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.