Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 28 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las personas morales (como empresas, asociaciones o cooperativas) tienen que seguir tres cosas: las leyes que les aplican, lo que diga su documento de creación (escritura constitutiva) y sus reglas internas (estatutos). En otras palabras, una vez que se crean, deben operar según lo que marca la ley del tipo de organización que sean y lo que ellos mismos acordaron desde el inicio.

Texto oficial

Artículo 28.- Las personas morales se regirán por las leyes correspondientes, por su escritura constitutiva y por sus estatutos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.