- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2945
Artículo 2945 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un acuerdo para evitar pleitos futuros vale más de 200 pesos, tienes que ponerlo por escrito para que sea válido. Eso aplica aunque no haya un problema todavía, solo para prevenir que surja. El "interés" es el valor económico de lo que estás acordando. Si no lo escribes, el acuerdo no tendrá fuerza legal.
Texto oficial
Artículo 2945.- La transacción que previene controversias futuras, debe constar por escrito si el interés pasa de doscientos pesos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.