- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 3008
Artículo 3008 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que cuando inscribes un acto o contrato en el Registro Público, como una compraventa de casa, no es que el acto se vuelva válido por la inscripción, sino que ese registro solo sirve para hacer público algo que ya es legal entre las partes. Es decir, el documento ya tiene validez desde que lo firmaron, pero al inscribirlo, cualquiera puede saberlo oficialmente. Esto protege a terceros, porque si no está registrado, puede que no se tome como cierto frente a otras personas. En pocas palabras, el registro no crea el derecho, solo lo anuncia para que todos lo sepan.
Texto oficial
Artículo 3008.- La inscripción de los actos o contratos en el Registro Público tiene efectos declarativos. Artículo reformado DOF 18-01-1952, 03-01-1979
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.