Artículo 337 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para la ley, un bebé solo se considera como "nacido" si sale completamente del vientre de su mamá y vive al menos 24 horas, o si lo registran vivo en el Registro Civil. Si no se cumple alguna de esas condiciones, nadie puede demandar para que se reconozca quién es el papá.
Texto oficial
Artículo 337.- Para los efectos legales, sólo se reputa nacido el feto que, desprendido enteramente del seno materno, vive veinticuatro horas o es presentado vivo al Registro Civil. Faltando alguna de estas circunstancias, nunca ni nadie podrá entablar demanda sobre la paternidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.