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Artículo 342 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si los padres de unos hijos vivieron juntos como pareja (como esposos) pero se casaron en otro lugar o ya no pueden comprobarlo porque fallecieron, están ausentes o enfermos, los hijos siguen siendo considerados nacidos dentro del matrimonio. Esto aplica aunque no se presente el acta de matrimonio, siempre que se pueda demostrar que los hijos vivían como tales (por ejemplo, que los criaron y reconocieron como suyos). También se vale probarlo con otros medios permitidos por la ley, siempre que el acta de nacimiento de los hijos no contradiga esa prueba.

Texto oficial

Artículo 342.- Si hubiere hijos nacidos de dos personas que han vivido públicamente como marido y mujer, y ambos hubieren fallecido, o por ausencia o enfermedad les fuere imposible manifestar el lugar en CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 43 de 370 que se casaron, no podrá disputarse a esos hijos haber nacido de matrimonio por sólo la falta de presentación del acta del enlace de sus padres, siempre que se pruebe que tienen la posesión de estado de hijos de ellos, o que por los medios de prueba que autoriza el artículo anterior, se demuestre la filiación y no esté contradicha por el acta de nacimiento.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 42) ↗

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