Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 345 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una mujer casada tiene un hijo, el esposo es considerado el papá por la ley. El simple hecho de que la madre diga que el niño no es de su marido no es suficiente para demostrarlo. Mientras el esposo esté vivo, solo él tiene el derecho de decir que el niño no es suyo. Nadie más, ni la mamá ni otra persona, puede hacer ese reclamo.

Texto oficial

Artículo 345.- No basta el dicho de la madre para excluir de la paternidad al marido. Mientras que éste viva, únicamente él podrá reclamar contra la filiación del hijo concebido durante el matrimonio.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 43) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.