Artículo 346 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una persona, que se creía hija legítima de una familia, adquirió bienes (como dinero o propiedades) mientras vivió como tal, aunque después se descubra que no era hija biológica, cualquier demanda sobre esos bienes se maneja con las reglas normales. Eso significa que tiene los mismos plazos para reclamar que cualquier otra persona, sin tratos especiales. En palabras más claras, el tiempo para demandar empieza a correr desde que ocurrió el problema, igual que en cualquier otro caso civil.
Texto oficial
Artículo 346.- Las acciones civiles que se intenten contra el hijo por los bienes que ha adquirido durante su estado de hijo nacido de matrimonio, aunque después resulte no serlo, se sujetarán a las reglas comunes para la prescripción.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.