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Artículo 346 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una persona, que se creía hija legítima de una familia, adquirió bienes (como dinero o propiedades) mientras vivió como tal, aunque después se descubra que no era hija biológica, cualquier demanda sobre esos bienes se maneja con las reglas normales. Eso significa que tiene los mismos plazos para reclamar que cualquier otra persona, sin tratos especiales. En palabras más claras, el tiempo para demandar empieza a correr desde que ocurrió el problema, igual que en cualquier otro caso civil.

Texto oficial

Artículo 346.- Las acciones civiles que se intenten contra el hijo por los bienes que ha adquirido durante su estado de hijo nacido de matrimonio, aunque después resulte no serlo, se sujetarán a las reglas comunes para la prescripción.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 43) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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