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Artículo 355 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una mamá y un papá tienen un hijo antes de casarse, para que ese niño tenga ciertos derechos especiales (los que dice el artículo anterior), los papás tienen que reconocerlo de forma clara. Pueden hacerlo antes de la boda, justo cuando se casan, o mientras están casados. Además, los dos papás deben hacer ese reconocimiento, ya sea juntos o cada quien por su cuenta.

Texto oficial

Artículo 355.- Para que el hijo goce del derecho que le concede el artículo que precede, los padres deben reconocerlo expresamente antes de la celebración del matrimonio, en el acto mismo de celebrarlo, o durante él, haciendo en todo caso el reconocimiento ambos padres, junta o separadamente.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 44) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.