Artículo 360 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un hijo nace fuera del matrimonio, la mamá ya es legalmente su mamá solo por el hecho del parto, no necesita hacer ningún trámite extra. En cambio, para que el papá sea reconocido como tal, él tiene que aceptarlo voluntariamente (por ejemplo, registrando al niño) o un juez debe dictar una sentencia que lo declare como el padre. Es decir, la mamá queda automáticamente como madre, pero el papá no, a menos que él lo reconozca o un tribunal lo ordene.
Texto oficial
Artículo 360.- La filiación de los hijos nacidos fuera de matrimonio resulta, con relación a la madre, del solo hecho del nacimiento. Respecto del padre sólo se establece por el reconocimiento voluntario o por una sentencia que declare la paternidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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