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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
450

Artículo 450 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la ley considera que hay personas que no pueden tomar decisiones por sí mismas ni hacerse responsables de sus actos. Las primeras son los niños y adolescentes, es decir, los menores de edad. Las segundas son las personas adultas que, por una enfermedad, discapacidad mental o física, o por adicción al alcohol o las drogas, no pueden pensar con claridad ni controlar sus acciones, aunque a veces tengan momentos de lucidez. En estos casos, la ley las protege para que alguien más tome decisiones por ellas.

Texto oficial

Artículo 450.- Tienen incapacidad natural y legal: I. Los menores de edad; II. Los mayores de edad disminuidos o perturbados en su inteligencia, aunque tengan intervalos lúcidos; y aquellos que padezcan alguna afección originada por enfermedad o deficiencia persistente de carácter físico, psicológico o sensorial o por la adicción a sustancias tóxicas como el alcohol, los psicotrópicos o los estupefacientes; siempre que debido a la limitación, o a la alteración en la inteligencia que esto les provoque no puedan gobernarse y obligarse por si mismos, o manifestar su voluntad por algún medio. Fracción reformada DOF 23-07-1992 III. (Se deroga). Fracción derogada DOF 23-07-1992 IV. (Se deroga). Fracción derogada DOF 23-07-1992

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 56) ↗

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