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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/615
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
615

Artículo 615 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si al fiador (la persona que promete pagar por ti si no cumples) no se le avisa del acuerdo que hiciste con el que te prestó, entonces el fiador ya no tiene la obligación de responder. En otras palabras, si no le dices al fiador cuáles fueron los términos del trato, él puede salirse del compromiso legalmente.

Texto oficial

Artículo 615.- Si no se hiciere saber el convenio al fiador, éste no permanecerá obligado.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 73) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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